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Negociación del X Convenio Colectivo de Enseñanza y Formación no Reglada

fotoSe está negociando el X Convenio Colectivo de enseñanza y formación no reglada. En el mes de abril se han tenido varias reuniones y se ha llegado a una posible propuesta final que resumimos a continuación:

Respecto al ámbito temporal del Convenio, la propuesta es que su duración sea del 1 de enero de 2024 al 31 de diciembre de 2027.

Se produce la adaptación de la contratación a la legislación vigente, con un refuerzo del contrato fijo-discontinuo. Algunos de los aspectos modificados en este articulado son:

    • Si no se puede incorporar cuando realizan el llamamiento, no supondrá la pérdida del turno en el orden del llamamiento si la persona trabajadora se encuentre en diversas situaciones como incapacidad temporal o permiso por nacimiento.
    • Se podrán pactar con la Representación Legal de las Personas Trabajadoras variaciones, adaptaciones o ajustes respecto al procedimiento de llamamiento y gestión de las bolsas que sean precisas para la adaptación a la realidad operativa de cada empresa.

Las personas con contrato parcial que realicen un número similar de horas complementarias durante más de un año podrán, de mutuo acuerdo, consolidarlas, incrementando su jornada ordinaria en esa cantidad de horas.

Regulación del trabajo a distancia y teletrabajo. Entre otras medidas, se establecen las siguientes: compensación mensual de 22 euros cuando se presten servicios en régimen de teletrabajo o trabajo a distancia de forma regular; dotación mínima de medios materiales que deberá procurar la empresa a cada persona que trabaje a distancia: ordenador, ratón, teclado, auriculares y micrófono. Mismos derechos que las personas que trabajen presencialmente, incluyendo el de participar en las acciones formativas de la empresa, en las evaluaciones de riesgos en salud laboral y en las elecciones sindicales.

- Incorporación artículo regulación derecho a la desconexión digital.

Clasificación profesional: se cambia la nomenclatura en algún puesto de trabajo como por ejemplo Jefe de Administración por Director de Administración. Se extinguen otros como: Instructor o Experto, Redactor- Corrector y Oficial administrativo de primera y segunda. Éstos últimos se sustituyen por Técnico de administración con salario de Oficial administrativo de primera.

Puestos funcionales: Se cambia la nomenclatura de Jefe de Estudios pasándose a denomina Coordinador Académico.

-      Ceses: Se reduce tiempo de preaviso pasando de 25 a 20 días. Además. en caso de incumplimiento en el tiempo de preaviso el descuento en la liquidación pasa de ser de 2 días a 1 día hasta un máximo de 20 días.

Permisos: adaptación de los permisos retribuidos al Real Decreto.

    • Se mejora el permiso en caso de fallecimiento del cónyuge, pareja de hecho y parientes de primer grado pasando a ser de cinco días.
    •  Dos días en caso de fallecimiento de parientes hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad no incluidos en el punto anterior. Dos más en caso de desplazamiento a una provincia no limítrofe, isla o país.
    • En el permiso por hospitalización el disfrute podrá ser discontinuo, disfrutándose el total de días en dos periodos como máximo, y siempre que persista el hecho causante.
    • Aumento del actual permiso hasta 20 horas para asistir a consultas médicas con hijas, hijos o parientes de primer grado (actualmente 15 horas).
    • Adaptación legal de la conciliación familiar.
    • Adaptación del texto del convenio a la nueva regulación laboral para garantizar la no discriminación de las personas LGTBIQ+ y evitar el acoso de estas personas en el ámbito laboral.

Salarios:

AÑO 2024 

  • Desde el 1 de enero al 30 de junio de 2024 adaptación al SMI.
  • Desde el 1 de julio al 31 de diciembre de 2024 incremento del 3,5% en el salario base, complemento de desarrollo y perfeccionamiento profesional (CPP) y complemento de dedicación. El complemento de los puestos funcionales no se incrementa.

AÑO 2025 

  • Un 3,5% en el salario base, complemento de desarrollo y perfeccionamiento profesional (CPP) y complemento de dedicación. El complemento de los puestos funcionales no se incrementa. Además, los puestos de trabajo: profesor titular profesor de taller, educador social y titulado no docente, verán incrementado el salario un 1,5%, es decir un 5%.

AÑO 2026 

  • Un 3,5% en el salario base, complemento de desarrollo y perfeccionamiento profesional (CPP) y complemento de dedicación. El complemento de los puestos funcionales no se incrementa. Además, los puestos de trabajo: profesor titular profesor de taller, educador social y titulado no docente, verán incrementado el salario un 1,5%, es decir un 5%.

AÑO 2027 

  • Un 3,5% en el salario base, complemento de desarrollo y perfeccionamiento profesional (CPP) y complemento de dedicación. El complemento de los puestos funcionales no se incrementa. Además, los puestos de trabajo: profesor titular profesor de taller, educador social y titulado no docente, verán incrementado el salario un 1,5%, es decir un 5%.